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Fianza

¿Qué es una fianza?

Una fianza es una cantidad de dinero o el valor equivalente de propiedad que alguien promete a un tribunal para asegurar la liberación de una persona que está detenida después de haber sido acusada de un delito pero que todavía no ha sido enjuiciada para el delito.  El propósito de una fianza es permitir al acusado irse a su casa antes de que empiece el juicio, mientras también asegurando que el acusado llegue a su juicio.  A cambio del derecho de no tener que permanecer encarcelado mientras espera su juicio, el acusado tendrá que prometer al tribunal una cantidad de dinero o el valor equivalente de propiedad que será perdido si no sigue el orden del tribunal de aparecerse para su juicio.

Una persona que está en libertad bajo fianza que no llega a su juicio, o que se huye estando bajo fianza, tendrá un orden de arresto emitido en su contra; puede ser acusada del delito adicional de la falta de comparecencia (A.R.S. §§ 13-2506 & 13-2507); y perderá lo que prometió como fianza.  Si la persona que está en libertad bajo fianza hace todas sus comparecencias ante el tribunal antes y durante el juicio, todo lo que prometió como fianza será devuelto.  

¿Una persona acusada de un delito tiene el derecho de poner una fianza?

Según el Octavo Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, “No se exigirán fianzas excesivas, ni se impondrán multas excesivas, ni se infligirán castigos crueles e inusuales.”  El Código Criminal de Arizona (A.R.S. § 13-3972) también dice que un acusado “no debería, antes de un fallo de culpabilidad, ser sujeto a mas restricción de lo necesario para su detención para contestar a la acusación.”

La Constitución de Arizona (Artículo II, Sección 22) dice que un acusado será permitido a poner una fianza razonable para asegurar su libertad bajo fianza mientras espera su juicio (a menos que se aplica una excepción, como se explica abajo).  Este derecho general refleja el principio que el tiempo de encarcelamiento de un acusado antes de ser convicto debería ser lo menos posible, y no una forma de castigo antes de ser convicto.

¿Por qué y cómo se establece la cantidad de la fianza?

La Constitución de Arizona (Artículo II, Sección 22) y el Código Criminal de Arizona (A.R.S. § 13-3961(B)) explican que el propósito de una fianza es:
• para asegurar que el acusado aparezca para su juicio
• para proteger ante la intimidación de los testigos
• para proteger la seguridad de la víctima, cualquier otra persona, y la comunidad entera.

Según el Código Criminal de Arizona (A.R.S. § 13-3967(B)), un tribunal que establece la cantidad de una fianza tiene que tomar en cuenta ciertos factores además del riesgo de que el acusado se vaya a la fuga, como:
• las opiniones de la víctima
• las circunstancias y el tipo de delito por lo cual el acusado está esperando un juicio (si es un delito más serio, la cantidad de la fianza será más)
• el riesgo percibido a la seguridad pública que resultaría con la liberación del acusado 
• los antecedentes penales del acusado (si tiene una historia extensa, la cantidad de la fianza será más, o el tribunal tal vez no ofrecerá una fianza)
• si el acusado ha sido arrestado o convicto de un delito grave o violento o de un delito mayor con factores agravantes o de un delito en otro estado que sería un delito grave o violento o un delito mayor con factores agravantes si hubiera sido cometido en Arizona.
• la duración y la profundidad de los lazos que el acusado tiene a la comunidad
• los lazos familiares, estado de empleo, recursos económicos, carácter, y condición mental del acusado
• los resultados de una evaluación de riesgo o letalidad del acusado en el contexto de violencia domestica
• la cantidad de evidencia en contra del acusado
• si el acusado posea o usa cualquiera sustancia o cualquier droga ilegal
• si en el pasado el acusado ha llegado a los procedimientos del tribunal o si se ha fugado para evitar el enjuiciamiento
• si el acusado ha entrado o se ha permanecido en los Estados Unidos ilegalmente
• si la residencia principal del acusado está en Arizona, otro estado, o fuera de los Estados Unidos

¿Cuándo no se permite poner una fianza?

Según la Constitución de Arizona (Artículo II, Sección 22) y el Código Criminal de Arizona (A.R.S. § 13-3961(A)), una persona que está detenida y esperando un juicio criminal no recibirá la oportunidad de poner una fianza si “la prueba es evidente o la presunción grande que la persona es culpable del delito por lo cual está acusada” y el delito es uno de los siguientes:
• un delito capital (un delito por lo cual el castigo podría ser la pena de muerte)
• agresión sexual
• conducto sexual con un menor de edad que tiene menos de quince años
• abuso sexual de un niño que tiene menos de quince años
• un delito mayor grave, si existe motivo fundado para creer que la persona ha entrado o se ha permanecido en los Estados Unidos ilegalmente.

Según la Constitución de Arizona (Artículo II, Sección 22) y el Código Criminal de Arizona (A.R.S. § 13-3961(D)), una persona que está detenida y esperando un juicio criminal tal vez no recibirá la oportunidad de poner una fianza si ha sido acusada de un delito mayor y el estado certifica por moción y “el tribunal encuentra después de una audiencia que existe prueba clara y convincente que la persona acusada pone en riesgo a otra persona o a la comunidad o participó en conducta que constituye un delito violento, que ninguna condición ni combinación de condiciones de libertad podrían ser impuestas para asegurar la seguridad de la otra persona o la comunidad y que la prueba es evidente o la presunción grande que la persona cometió el delito por lo cual está acusada.”

¿Qué es una fianza garantizada?


La ley de Arizona (A.R.S. § 20-340(1)) define una fianza garantizada como “cualquier contrato que está realizado por una compañía responsable de hacer cumplir las condiciones de una fianza para asegurar la libertad de una persona que ha sido arrestada o detenida para la violación actual o presunto de cualquier ley federal, estatal, o local donde la asistencia de la persona liberada al tribunal durante el tiempo requerido por la ley y la obediencia de los órdenes o el fallo de cualquier tribunal están garantizadas.”  (La compañía responsable de hacer cumplir las condiciones de una fianza funciona como una compañía aseguradora.)

Si una persona que está esperando un juicio criminal (1) paga su fianza en efectivo y luego (2) no llega al tribunal cuando se requiere su asistencia, el tribunal se quedará con el dinero.  Pero, si una persona que está esperando un juicio criminal (1) paga una fianza garantizada y luego no llega al tribunal cuando se requiere su asistencia, el tribunal pedirá que la compañía responsable de hacer cumplir las condiciones de la fianza pague el valor de la fianza, y esa compañía perseguirá a la persona que compró la fianza garantizada. 

¿Qué es un agente de fianzas?

La ley de Arizona (A.R.S. § 20-340(2)) define un agente de fianzas como cualquier individuo que esta “nombrado por una aseguradora a través de una carta de poder para ejecutar o refrendar fianzas garantizadas en conexión a los procedimientos judiciales y quien recibe o esta prometido dinero u otros objetos de valor a cambio de ese servicio.”

Por lo tanto, un agente de fianzas es un agente de la compañía aseguradora.  Actúa como un intermediario entre la persona que compra la fianza garantizada y la compañía aseguradora que tendrá que pagar el valor de la fianza si el acusado se huye estando bajo fianza.

Según la ley de Arizona (A.R.S. § 33-3969), el alguacil (el sheriff) o el jefe de la cárcel en la que una persona está acusada de un delito por lo cual se permite poner una fianza tiene que darle al acusado un listado de nombres y números de teléfono de los agentes de fianzas licenciados en el condado.  Pero no puede recomendar a ninguna persona ni compañía en particular.

¿Cuánto cobrará un agente de fianzas?

Según el Titulo 20, Capitulo 6 del Código Administrativo de Arizona (R20-6-601(E)(1)), un agente de fianzas solo puede cobrar primeras de pago que (1) son los precios más recientemente presentados y aprobados por el Departamento de Seguros de Arizona y (2) están publicadas “en un lugar visible” en el lugar de negocios del agente de fianzas.

¿Qué es una primera de pago?

Una primera de pago es la tarifa no reembolsable que será cobrada por un agente de fianzas a cambio de una fianza garantizada, normalmente 10% de la cantidad total de la fianza.  (Entonces, por ejemplo, si el tribunal establece que la cantidad de la fianza será $20,000 y el acusado no tiene dinero pero requiere una fianza de $20,000, el precio de la primera de pago será $2,000.)

¿Qué es una garantía?

Como garantía, una persona puede ofrecer bienes raíces o bienes personales—como una casa o un carro o joyería—que tienen un valor establecido y pueden ser usados para conseguir una fianza garantizada si una persona no puede pagar la cantidad de la fianza en efectivo. 

Cuando la cantidad de la fianza está establecido y el acusado no tiene acceso a los recursos económicos requeridos para pagar la cantidad—más la primera de pago—en efectivo, el acusado o un amigo o familiar puede ofrecer bienes como “garantía” para que el agente de fianzas ponga la fianza del valor equivalente.

Si el acusado no llega al tribunal cuando el juez requiere su asistencia, el agente de fianzas tendrá los bienes como garantía para ser reembolsado para la cantidad que pagó al tribunal.  Si el acusado no llega y se pierde el dinero que pagó al tribunal como fianza, el agente de fianzas exigirá que la persona que compró la fianza garantizada pague la cantidad entera.  Si la persona no puede pagar, la fianza será pagada con la venta de los bienes que la persona puso como garantía.  

¿Qué tipo de garantía puede requerir un agente de fianzas?

Según la ley de Arizona (A.R.S. §20-340.03), la garantía “tiene que ser razonable en relación a la cantidad de la fianza” y siempre tiene que ser devuelta a conclusión del caso (a menos que se ha perdido la fianza garantizada porque el acusado no llegó a su cita ante el tribunal).

¿Cómo maneja un agente de fianzas los bienes usados como garantía?

El Código Administrativo de Arizona (R20-6-601(E)(4)) dice que un agente de fianzas que recibe bienes como garantía para la transacción de una fianza garantizada los recibe “en una capacidad fiduciario” (como un fideicomisario) y, antes de la perdida de los bienes del acusado, los tiene que mantener separados y aparte de otros fondos, activos, y bienes.

Se le da los bienes al agente de fianzas temporalmente, como una manera de recibir un préstamo de corto plazo.  Por esta razón, los bienes usados como garantía tienen que ser devueltos a la persona que los depositó “cuando la obligación, la satisfacción de la cual fue asegurado por los bienes, esta descargado” (o, en otras palabras, cuando el acusado se ha cumplido con todos los órdenes para aparecerse ante el tribunal).

Cuando un orden esta emitido que termina cualquier futura responsabilidad bajo la fianza, los bienes que se usaron de garantía tienen que ser devueltos.  Los bienes pueden ser vendidos solamente si fueron depositados como una fianza para las primeras de pago, y esas primeras de pago nunca fueron pagadas incluso hasta después de la liberación del acusado y después de que el agente de finanzas exigió su pago. 

¿Qué (mas) no puede hacer un agente de fianzas?


Según la ley de Arizona (A.R.S. § 20-340.03), se prohíbe que un agente de fianzas (entre otras cosas):
• solicite negocios adentro o alrededor de un lugar donde están detenidos prisioneros o adentro o alrededor de un tribunal
• reciba para un abogado dinero o cualquier otro objeto de valor para el pago del honorario del abogado, gastos, u otro propósito de parte de una persona que ha sido arrestada, a menos que se le dé un recibo
• participe como abogado durante un juicio o una audiencia para un acusado al que el agente de fianzas es el fiador de la fianza garantizada
• acepte algo de valor de un acusado, excepto la primera de pago—que debe ser aceptada y aprobada de antemano—y los costos (con la excepción de una garantía razonable)
• directamente o indirectamente cobre o reciba dinero u otras cosas de valor de una persona participando en la transacción de una fianza garantizada o en conexión a la transacción de una fianza garantizada excepto para el propósito de:    • que esa persona pague la primera de pago según las
tarifas establecidas por la compañía aseguradora y aprobadas por el Departamento de Seguros de Arizona;
• que esa persona ponga bienes como garantía
•que esa persona reembolse el agente de fianzas para los costos razonables incurridos en conexión con la transacción de la fianza garantizada (como, por ejemplo, pagos de guardia, pagos del notario, y gastos para viajes a larga distancia)

¿Quién regula la industria de las fianzas garantizadas?

La industria de las fianzas garantizadas está regulada por el Departamento de Seguros de Arizona.

¿Qué hago si tengo una queja sobre la transacción de una fianza garantizada?

Si usted quiere aprender más sobre sus derechos y responsabilidades o para hablar de una situación que tuvo con un agente de fianzas o para presentar una queja formal, puede comunicarse con el Departamento de Seguros de Arizona en persona, por teléfono, por correo electrónico, o a través de la presentación en línea, que se explica al https://insurance.az.gov/consumers/help-problem/filing-complaint.

Para consejo legal específico sobre una disputa de una fianza garantizada, comuníquese con un abogado.  Puede encontrar enlaces para servicios gratis o a bajo costo en la página Web del Departamento de Seguros de Arizona.

¿Cómo me puedo proteger?

Cualquier persona que está considerando la compra de una fianza garantizada para conseguir la liberación de un acusado esperando su juicio debería hacer cada una de las siguientes cosas:
• hacerle preguntas al agente de fianzas si los términos o condiciones de la transacción de la fianza garantizada propuesta no están claros
• asegurarse que todos los acuerdos—no importa que tan pequeños sean—están registrados por escrito en un documento que está firmado por usted y el agente de fianzas
• leer el contrato de la fianza garantizada muy cuidadosamente para asegurarse que entiende exactamente para que será responsable (y pida que un amigo o un familiar también lo revise si es necesario)
• nunca apurarse a firmar un contrato (porque, aunque es importante conseguir la libertad de un ser querido, hay que tener cuidado para no tener problemas más adelante, porque eso solamente crearía una situación más difícil para todos).

Fuentes


Constitución de Arizona (Artículo 2, Sección 22)
Arizona Revised Statutes (Titulo 13)
Arizona Revised Statutes (Titulo 20)
Código Administrativo de Arizona (Titulo 20, Artículo 6)

Comments:

QUESTIONS

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